PASO 1º): RECLAMO PREVIO. Si el servicio tiene problemas, o no es prestado en forma satisfactoria, es conveniente comunicarse con el servicio de atención al cliente, presentar el reclamo y tomar nota del número correspondiente. Si bien este paso NO ES OBLIGATORIO, es un paso útil porque sirve para dejar constancia del incumplimiento ante la empresa.
PASO 2º): CARTA DOCUMENTO. Para poder enviar la carta documento, primero hay que comprar el formulario en el Correo Argentino. La misma puede ser escrita a mano, con letra legible y clara. Al finalizar esta explicación, se acompaña un modelo. Los datos de la empresa surgen de la factura de servicios, donde se indica el nombre legal de la misma, el número de C.U.I.T. y el domicilio postal. El Código Postal se puede buscar en Internet en la siguiente dirección:
http://www.correoargentino.com.ar/consulta_cpa/cons_.php
PASO 3º): NO FIRME LA CARTA DOCUMENTO ANTES DE IR AL CORREO!!! Las cartas documento se firman ÚNICAMENTE en la sede del Correo Argentino, ante el empleado que las recibe, y se debe concurrir con D.N.I. para ser exhibido antes de firmar y enviar la misiva.
PASO 4º): NO ABONE NADA!!! Si la empresa considera o afirma que usted debe pagar cualquier monto para darle de baja, no actúe sin consultarnos. La Carta Documento es un medio fehaciente, y a partir de que la empresa recibe la misma, cualquier reclamo por supuestas deudas debe seguir su trámite de forma independiente a la rescisión del contrato. Usted no está obligado a continuar utilizando un servicio que no lo satisface.
TEXTO DE LA CARTA DOCUMENTO: Una vez completados los datos del remitente y del destinatario, el contenido de la carta debe ser el siguiente, omitiendo los paréntesis con aclaraciones:
Ref. Reclamo Nº ……… (esto va solamente en caso de haberse cumplido el paso Nº 1). Me dirijo a Usted a fin de notificarle fehacientemente por este medio la rescisión unilateral del contrato que nos vincula, en mi calidad de usuario de la línea……… (indicar el número completo, en el caso de tratarse de un abonado de Brandsen será 02223-15…), en virtud de no haber recibido un servicio satisfactorio, y por aplicación del artículo 1204 y concordantes del Código Civil de la República Argentina. En consecuencia, doy por rescindido el contrato aludido, intimándolo a abstenerse de toda acción u omisión tendiente a mantener forzadamente la relación jurídica que por el presente se da por finalizada, y rechazando el cobro de cualquier pretensión de contenido pecuniario como condición para dar de baja el servicio.